Secretaría de Obras Públicas


FUNCIONES DEL LÍDER DE LA DEPENDENCIA
(Resolusión 261 de 2006, Gobernación del Guaviare)

1.    Evaluar, en coordinación con la Secretaría de Planeación y tras Secretarías, las necesidades de infraestructura para diseñar los programas de ejecución de obras, indispensables para satisfacer las necesidades de la comunidad, con cobertura calidad y oportunidad.

2.    Dirigir y coordinar la asesoría técnica a los municipios en las acciones que demande la solución de sus necesidades en materia de vías, construcciones generales, acueductos, saneamiento básico, prevención de desastres y servicios básicos.

3.    Garantizar que la planeación de las obras de infraestructura responda a las necesidades mínimas, coordinando la ejecución de los programas y proyectos que adelanta la administración departamental.

4.    Dar prioridad a las obras de infraestructura identificadas en el ámbito Departamental, y dirigir la realización de los estudios básicos y de la factibilidad para elaborar los proyectos a incorporar en el plan de desarrollo del Departamento y/o plan operativo de inversiones.

5.    Promover sistemas de gestión y financiamiento, nacionales e internacionales, para el desarrollo de obras de infraestructura.

6.    Evaluar periódicamente el desarrollo de los planes, programas y proyectos de su sector y definir las acciones a seguir.

7.    Establecer la metodología y técnica a seguir en los procesos de intervención y/o supervisión de las interventorias contratadas, con el fin de garantizar la calidad, oportunidad, costos y estabilidad de las obras de infraestructura.

8.    Dirigir el diseño, desarrollo y mantenimiento de al red vial departamental, dentro de los parámetros técnicos previstos por el Instituto Nacional de Vías — INVIAS — y la legislación ambiental.

9.    Propiciar la construcción de obras de infraestructura por autogestión comunitaria y asociativa.

10. Elaborar los estudios y análisis orientados a establecer los convenios y Alianzas estratégicas que deba realizar el departamento con entes públicos y/o privados del orden nacional, departamental o municipal, con miras a obtener beneficios para la comunidad en costos, calidad y mejoramiento de orden técnico en coordinación con la secretaria de planeaciòn la consecución de asesoría y transferencia de tecnología que contribuya al desarrollo de las obras infraestructura a cargo del departamento y los municipios.

11. Preparar los planes, programas y proyectos de corto, mediano y largo plazo, para la construcción y conservación de las obras públicas contempladas en los planes de Desarrollo y programa de Gobierno.

12. Planear, coordinar, dirigir, controlar y evaluar los procesos de contratación, licitaciones públicas, concursos de meritos y los asuntos de carácter administrativo y legal de competencia de la Secretaria en coordinación con la Oficina Asesora Jurídica.

13. Garantizar el óptimo funcionamiento de la maquinaría, equipo y parque automotor de que dispone la Secretaria y adelantar los estudios necesarios para la reposición y modernización del mismo.

14. Formular, en coordinación con la Secretaria de Hacienda departamental y la Oficina de Planeación departamental el proyecto de presupuesto para el financiamiento de los planes, programas y proyectos de construcción, rehabilitación y mantenimiento de las diferentes obras de infraestructura de su competencia.

15. Viabilizar técnicamente los proyectos de su competencia que son presentados al Banco de Proyectos del Departamento de Planeación.

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